Las prestaciones ortoprotésicas estaban reguladas en el ámbito del Servicio Canario de la Salud por la Orden de 9 de febrero de 2004, por la que se aprobó el Catálogo General de Material Ortoprotésico en la Comunidad Autónoma de Canarias y quedaron establecidas las condiciones de prescripción y acceso a esta prestación.

A final de 2019 se ha aprobado una nueva regulación normativa básica estatal y el plazo indicado para la adaptación del Catálogo de la Comunidad Autónoma de Canarias hacen necesaria la derogación de la Orden de la Consejería de Sanidad de 9 de febrero de 2004, ya citada, procediendo a la adaptación de nuestro ordenamiento jurídico en este ámbito al nuevo marco descrito mediante la aprobación de una nueva Orden reguladora de esta prestación.

Explicaremos en que se basan, indicaremos donde poder consultar información y que pasos seguir a la hora de solicitar estas subvenciones.

En el caso de pertenecer a los colectivos de ISFAS o Muface, el procedimiento es similar al explicado para el SCS. En cualquier caso estamos dispuestos a ayudarle en la tramitación de su subvención.

¿Qué material ortoprotésico cubre estas ayudas?

  • Prótesis de miembro superior y de miembro inferior
  • Silla de ruedas (manuales y eléctricas) y accesorios/repuestos para sillas
  • Órtesis de columna (faja, corsé, tanto estándar cómo a medida)
  • Órtesis de miembro superior (férula de mano, dedo, y brazo a medida)
  • Órtesis de miembro inferior (cadera, rodilla, tobillo y pie)
  • Calzado ortopédico (para deformidades del pie)
  • Ayudas de marcha (andadores y bastones)
  • Ayudas tratamiento afecciones circulatorias (medias a medidas y prendas para quemados)
  • Ayudas para la prevención de daños por presión (cojines especiales de silicona y de aire)

¿Qué pasos hay que seguir para solicitar la ayuda?

  1. Solicite a su médico de cabecera un volante para acudir al médico especialista de su dolencia.
  2. Pida cita y acuda al médico especialista con el podrá obtener la prescripción de la Ayuda Técnica que necesite.
  3. El médico especialista le evaluará y será este quien determine si es necesario algún tipo de ayuda. De ser así, se la prescribirá en el modelo oficial (P8). El modelo normalizado de solicitud está a disposición de los usuarios en el siguiente enlace (apartado Tramitación): Acceso al modelo de solicitud de prestación ortoprotésica.
  4. Puede solicitar al médico que consulte si la ayuda técnica prescrita se encuentra incluida en el catalogo de prestaciones ortoprotésicas de la Comunidad Autónoma de Canarias y si está incluida, el médico especialista deberá rellenar el impreso de solicitud de la prestación incluyendo los códigos de identificación correspondientes a la ayuda técnica.
  5. Una vez tenga la prescripción médica de la ayuda técnica puede visitar nuestra ortopedia. Nuestro personal especializado se encargará de informarle y guiarle sobre la mejor opción teniendo en cuenta la prescripción del médico especialista.

Documentación a aportar:

  • Fotocopia del DNI/NIF del usuario-beneficiario de la prestación (paciente), salvo menores de edad, en cuyo caso se aportará fotocopia del DNI del titular de la cartilla del Instituto Nacional de la Seguridad Social en la que se halle inscrito o del tutor legal.
  • Fotocopia de la Tarjeta Sanitaria del usuario-beneficiario de la prestación.
  • Factura o presupuesto del artículo prescrito por el médico especialista.
  • Impreso de alta/modificación de datos de terceros debidamente cumplimentado y firmado por el usuario-beneficiario de la prestación o por el titular de la tarjeta sanitaria donde se halle inscrito, si fuere menor de edad, o tutor legal, así como por la entidad financiera donde desee le sea abonada el importe de la prestación. Si se delega el pago en un centro ortopédico (solo en los casos que el importe sea superior a 240,40 €), no se deberá presentar este documento.
  • En el caso de que ya esté dado de alta de terceros, presentar documento bancario donde figure el nombre y el código IBAN.

Normativa actual.